Dejar Su Vivienda a un Ser Querido: ¿Debería Agregarlo al Título?
Para muchos residentes de Gwinnett County, su vivienda es su mayor activo. En consecuencia, cuando llega el momento de comenzar a pensar en la planificación patrimonial y, en particular, en los componentes de un plan patrimonial que implican dejar activos a beneficiarios, la mayoría de las personas desea tener claridad sobre quién heredará su vivienda. En beneficio de los beneficiarios, muchos propietarios desean poder dejar su casa a un hijo adulto u otro familiar de una manera que evite la sucesión, la cual puede ser un proceso largo y complejo. Si usted se encuentra en esta situación actualmente, puede preguntarse sobre las opciones disponibles además de dejar su vivienda a un ser querido en su testamento. También podría preguntarse si tiene más sentido simplemente agregar a su ser querido al título de su vivienda para que se convierta en propietario cuando usted fallezca.
Para ser claros, agregar a un hijo adulto u otro ser querido al título de su vivienda no es la mejor manera de transferir un bien inmueble de gran valor, especialmente su vivienda. Nuestros abogados de planificación patrimonial en Norcross pueden explicarle por qué, y podemos informarle sobre otras opciones para garantizar que sus seres queridos hereden su vivienda y cualquier otro bien inmueble sin complicaciones.
Razones para Evitar Agregar a un Beneficiario al Título de Su Vivienda
Agregar a un hijo adulto u otro ser querido al título de su vivienda puede generar problemas que usted no anticipaba.
Por ejemplo, su hijo u otro ser querido podría terminar debiendo un impuesto significativo sobre ganancias de capital si finalmente vende la propiedad después de su fallecimiento. O, durante su vida, tener a otro titular en la vivienda podría complicar su elegibilidad para la cobertura de Medicaid para atención a largo plazo y las opciones de reducción de activos.
Formas de Dejar Sus Bienes Inmuebles Evitando la Sucesión
Ya sea que usted posea un solo bien inmueble que actualmente sea su residencia principal, o que posea una residencia principal junto con una o más casas de vacaciones o propiedades de alquiler, usted tiene opciones para dejar estos activos a sus seres queridos sin asumir los riesgos mencionados anteriormente y al mismo tiempo evitar la sucesión. Las dos opciones principales son:
- Crear un fideicomiso revocable en vida y transferir su vivienda u otro bien inmueble al fideicomiso (lo que le permite mantener el control total del bien inmueble durante su vida, incluida la posibilidad de modificar los términos del fideicomiso o cancelarlo si las circunstancias cambian); o
- Crear una escritura de transferencia al fallecimiento para su bien inmueble, una opción relativamente nueva en Georgia para transferir bienes inmuebles a beneficiarios al momento del fallecimiento (similar a una designación de beneficiario con pago al fallecimiento en una cuenta bancaria).
Contacte a un Abogado de Planificación Patrimonial en Gwinnett County para Obtener Asistencia
Si bien identificar los activos y los beneficiarios a quienes deben distribuirse es solo un componente de la planificación patrimonial, para la mayoría de las personas es un componente muy importante. Cuando su vivienda es su principal activo, entendemos lo importante que es garantizar que alguien en quien usted confía y aprecia herede la propiedad. Aunque al principio pueda parecer lógico simplemente agregar a un ser querido al título de su vivienda en lugar de hacer un testamento o colocar su vivienda en un fideicomiso, existen muchas razones por las cuales esta no es la mejor solución — por las razones que analizamos anteriormente. En su lugar, como mencionamos anteriormente, existen otras formas de transferir su vivienda en Georgia que también pueden permitir que su ser querido evite la sucesión sin poner en riesgo su propiedad. Contacte hoy a un experimentado abogado de planificación patrimonial en Gwinnett County en Bowman Law Firm para obtener ayuda en la creación de una escritura de transferencia al fallecimiento, un fideicomiso o un testamento.
Fuentes:
https://law.justia.com/codes/georgia/title-53/
